La Autoridad Monetaria de Singapur (MAS) y el comercio con criptomonedas

9 abril, 2018

En la respuesta a una pregunta en sede Parlamentaria sobre la prohibición del comercio de moneda de bitcoin o criptomoneda, el Viceministro responsable de la Autoridad Monetaria de Singapur pone de manifiesto que su país ha estado estudiando de cerca estos desarrollos y los riesgos potenciales que plantean y ha llegado a la conclusión que no hay razones de peso para prohibir el comercio de criptomonedas en Singapur. Sin embargo, advierte  de los riesgos y del hecho que quienes las utilicen y sus intermediarios estarán sometidos a los controles de blanqueo de capitales.

Uno de los problemas más acuciantes es el hecho que las transacciones de criptomonedas son anónimas, los sistemas de pago son descentralizados y la velocidad de las transacciones facilita la ocultación de movimientos ilícitos de fondos.

Las criptomonedas como las bitcoins son una inversión de muy alto riesgo, sujetas a cambios bruscos en los precios impulsados ​​por la especulación. También se comercializan principalmente en mercados opacos, sin protección regulatoria para los inversores.

La gran caída en los precios de bitcoin en las últimas semanas ilustra el riesgo. Las personas deben ser vigilantes con el argumento de marketing de los operadores que les alienta a invertir más dinero en criptomonedas cuando los precios bajan, con la esperanza de ganar dinero si los precios suben nuevamente. De hecho, es un juego inherentemente inestable y de alto riesgo.

El informe añade que, por ahora, la naturaleza y la escala del comercio de criptomonedas en Singapur no plantea riesgos para la seguridad e integridad de su sistema financiero, dado que su uso en la realización de pagos es pequeño y el volumen del comercio en esta moneda virtual en Singapur es discreto frente a países como Estados Unidos, Japón y Corea del Sur. El sistema bancario de Singapur no tiene una exposición significativa a entidades que operen en criptomonedas, por lo que concluye, no tienen problemas de riesgo sistémico.

MAS recuerda al público que las criptomonedas no son de curso legal. No son emitidas por ningún gobierno y no están respaldadas por ningún activo o emisor. En consecuencia, no existe una salvaguardia regulatoria para las inversiones en criptomonedas. MAS no regula las criptomonedas, tampoco las reglamentaciones de MAS se extienden a la seguridad y solidez de los intermediarios de criptomonedas ni al procesamiento adecuado de las transacciones en esta moneda.

A mayor abundamiento, como la mayoría de los operadores de plataformas en las que se comercializan criptomonedas no tienen presencia en Singapur, sería difícil verificar su autenticidad o credibilidad. Existe un mayor riesgo de fraude cuando los inversores tratan con entidades cuyos antecedentes y operaciones no se pueden verificar fácilmente. El público que pierda dinero invirtiendo en criptomonedas no podrá contar con ninguna protección otorgada por la legislación administrada por MAS.

En consecuencia, antes de invertir en criptomonedas, MAS aconseja considerar cuidadosamente las afirmaciones que se hacen acerca de los productos que se ofrecen, en particular si la facilidad de obtener beneficios significativos parece demasiado buena para ser cierta. Los inversores deben evaluar cuidadosamente si una inversión en criptomonedas es adecuada para sus objetivos de inversión y riesgo.

Ver: http://www.mas.gov.sg/News-and-Publications/Parliamentary-Replies/2018/Reply-to-Parliamentary-Question-on-banning-the-trading-of-bitcoin-currency-or-c

ryptocurrency.aspx

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Autor / Autora
Catedrática de Derecho Civil de la Universitat Oberta de Catalunya, investigadora del IN3 (Grupo Consolidado INTERDRET), miembro del National Center of Technology and Dispute Resolution (NCTDR), del European Law Institute (ELI) y del International Mediation Institute (IMI). Es mediadora de AEPJMA y árbitro del Tribunal Arbitral de Barcelona (TAB) y de la Cámara de Comercio de Madrid (CAM). Ha sido Delegada española en calidad de experta en las Naciones Unidas, Grupo de trabajo WG III de UNCITRAL sobre ODRs. Colabora con la Unidad de Excelencia Científica “Sociedad Digital: Seguridad y Protección de Derechos” de la Universidad de Granada. Especializada en Derecho civil, contratación electrónica, consumo, A2J y formas alternativas de resolución de litigios (ADRs / ODRs).
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