La impotencia de la justicia penal ante la violencia de género: visiones de los profesionales y de las víctimas

2 marzo, 2021
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La Revista Electrónica de Criminología publicó en su último número del 2020 el artículo titulado La impotencia de la justicia penal ante la violencia de género: visiones de los profesionales y de las víctimas, elaborado por Josep María Tamarit, Alazne Aizpitarte, Patricia Hernández- Hidalgo y Laura Arantegui. En este trabajo se analiza cómo es el paso de las víctimas de violencia de género por el Sistema de Justicia Penal (SJP) a partir tanto del testimonio de los profesionales que intervienen en él, como de las propias mujeres víctima.

Siguiendo una metodología cualitativa y después de entrevistar a 22 profesionales y 23 víctimas, el estudio revela que existen importantes dificultades que impiden, por un lado, que las necesidades de las víctimas sean efectivamente cubiertas y, por otro, que se dé efectivo cumplimiento a los derechos recogidos en la Ley Orgánica 5/2015 sobre el Estatuto de la Víctima.

De la revisión del estado de la cuestión que los autores llevan a cabo antes de analizar los resultados de su estudio, destacan la existencia de varias cuestiones de relevancia. La primera es la problemática relativa al desistimiento de las víctimas durante el procedimiento penal. En España los datos indican que la tasa de desistimiento en el ámbito de la violencia de género es del 21,9% (García- Jiménez et. al 2019), produciéndose en mayor medida, en áreas urbanas y con mujeres víctima con un menor número de hijos. En la literatura comparada se ha observado que la tasa de abandono se reduce cuando existe mayor apoyo emocional y un buen espacio y gestión del factor temporal en las víctimas, siendo importante la preparación psicológica previa al acceso al SJP (Taylor-Dunn, 2016). Respecto a la satisfacción de las víctimas con su paso por el SJP es en general baja, destacando en negativo la información estandarizada por escrito, la poca personalización, el poco control que tienen de los tempos procesales o la poca escucha que se les ofrece (Tutty et al. 2008). Algunas víctimas se siente defraudas con la sentencia, por esperar una condena más larga y otras no quieren pena de prisión, sino que preferirían tratamiento psicológico o psiquiátrico para sus agresores. Por último, los autores destacan algunos estudios que ponen de manifiesto cómo el SJP reproduce, en cierto modo, las relaciones de poder propias de la estructura patriarcal, discriminando o victimizando a las mujeres que no encajan en las expectativas que jueces o fiscales tienen de ellas y que tratan de encajarla en el modelo de víctima ideal.

Un sistema penal que reproduce la estructura patriarcal

Analizando ya los resultados que ofrece el análisis de las entrevistas a los profesionales, destaca el hecho de que los profesionales vinculados al SJP (jueces, fiscales, personal de juzgado) son más críticos con las víctimas, las acusan de “no saber lo que quieren” o de extralimitarse en el relato de los hechos, presentan mayores prejuicios con el perfil que deberían tener las víctimas que acceden al SJP y tienden a externalizar los posibles fallos del SJP, alegando causas externas a ellos como la falta de recursos humanos o materiales. Por el contrario, los profesionales vinculados a los servicios de atención que atienden a las víctimas y les brindan soporte psicológico, se identifican y empatizan más con ellas y sus necesidades, son muy críticos con el funcionamiento judicial y denuncian la falta de preparación y sensibilidad de los operadores jurídicos para tratar estos casos.

El estudio analiza también los sentimientos que predominan en los profesionales, siendo el mayoritario la impotencia (72%), la tristeza o la frustración. También destacan como muy relevante el hecho de que las víctimas confunden expectativas con derechos, culpando de este hecho a las propias víctimas o a sus letrados o el hecho de que constatan que se victimiza de manera importante a las víctimas a su paso por el proceso penal (victimización secundaria), reiterando las declaraciones en distintas sedes, prejuzgándolas en la toma de declaración o no teniendo espacios adecuados que impidan el contacto visual con el agresor, etc.  

El relato de las víctimas

Y, ¿cómo se sienten las víctimas?. Todas las víctimas objeto de estudio habían sufrido violencia psíquica y algunas de ellas también violencia física. En la mayoría de casos existía dependencia emocional y/o sentimientos de protección hacia el agresor o sentimientos de rabia, sentimientos punitivos o distancia emocional. Es habitual encontrar sentimientos contradictorios en ellas en función de sus propias experiencias y de sus características individuales, teniendo todas ellas en común el hecho de que su agresor era consumidor habitual de alcohol.

En lo que respecta al trato recibido por los profesionales del SJP, las entrevistadas manifiestan opiniones diversas: unas se sienten muy satisfechas y otras no, destacando el hecho de haberse sentido prejuzgadas, no creídas o haber sido etiquetadas por no encajar en el perfil de víctima que los operadores jurídicos esperan: mujer psicológicamente anulada, físicamente desaliñada, con pocas habilidades personales. Sin duda, este es uno de los resultados más importantes de esta investigación que, como hemos apuntado, también se observa en otros estudios sobre el particular: confirmar la existencia de una etiqueta/perfil de víctima que, en contra de lo que el sistema pretende, revictimiza a las mujeres que, siendo víctimas, no encajan en esos estándares. La percepción de accesibilidad hacia los profesionales es una variable muy importante para ellas: tienen una satisfacción elevada con el papel de su abogado, siendo éste una pieza fundamental en la modulación que la afectación del SJP puede tener en ellas. El abogado es quien tiene un trato más cercano con la víctima, quien debe velar para que se cumplan sus derechos (derecho a ser acompañadas por alguien de su elección, a declarar sin la presencia del acusado y, especialmente, entender bien todos los extremos que se le explican). El abogado debería ser, también, el encargado de explicar bien a la víctima qué es el proceso penal, cuál es su cometido, qué escenarios va a tener que afrontar y qué es lo que no va a encontrar en él. De este modo, el impacto psicológico puede reducirse o minimizarse y aumentar su satisfacción personal.

La sentencia que pone fin al procedimiento también ha sido objeto de valoración por parte de las entrevistadas: supone el cierre del proceso. Para unas ha repercutido de manera positiva, mientras que para otras ha generado sensaciones negativas vinculadas a la insuficiencia de la pena, con mayores sentimientos punitivistas, el rechazo a la pena de prisión y el deseo de que la pena fuera un tratamiento psicológico, entre otros. Otro de los resultados más destacables del estudio es que el derecho a la evaluación individualizada de las necesidades de protección de las víctimas, derecho que viene por imposición directa de la Directiva 2012/29/UE, adolece de un desconocimiento generalizado y no está siendo aplicado como sería esperable.

¿Qué factores tienen un impacto positivo en la recuperación?

Por último, es importante conocer qué factores tienen un impacto positivo en la recuperación de las víctimas. A través de las entrevistas se vislumbra que el apoyo y la intervención psicológica (que presenta importantes carencias por falta de recursos), junto con al alejamiento del agresor, el paso del tiempo, los efectos del entorno y los factores de personalidad individuales, son los elementos que ayudan a que las víctimas integren la experiencia de victimización en su historia de vida y sigan adelante.

Es importante seguir investigando para tratar de averiguar si el problema de victimización secundaria en las víctimas es consecuencia de un mal funcionamiento del SJP, de una incongruencia entre las expectativas de las víctimas y las limitaciones derivadas del propio proceso penal o si presenta un poco de ambas cuestiones. Sin duda, queda todavía mucho camino por recorrer en la ayuda a las víctimas y la reducción de la victimización secundaria, si bien es importante reconocer el aumento del interés y la sensibilidad por esta cuestión por parte de los poderes públicos, la sociedad y la academia.   

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Autor / Autora
Profesora responsable de asignaturas del Grado en Criminología, del Máster en Ciberdelincuencia y del Máster Interuniversitario de Criminología y Ejecución Penal (UPF/UPC/UAB/UdG). Su actividad docente se centra en el ámbito de la Criminología, Victimología y Sistema de Justicia Penal. Sus líneas de investigación giran en torno al estudio cuantitativo y cualitativo de los procesos de victimización y desvictimización (especialmente en las relaciones de pareja y familiares o de proximidad) y del análisis del papel que desempeña el sistema de justicia penal sobre la víctima del delito. Asimismo, estudia la criminalidad relacionada con las nuevas tecnologías y explora respuestas alternativas o complementarias a la respuesta jurídico-penal que reduzcan la victimización secundaria de las víctimas que acceden al sistema de justicia penal (SJP). Colabora con la Fundación Barça en un proyecto de prevención de la victimización en menores de edad y la nueva Ley de Protección integral de la infancia, así como en un proyecto conjunto con Save the Children y la Universidad Rovira i Virgili sobre la evaluación del modelo Barnahus en Cataluña.
Comentarios
Isabel2 marzo, 2021 a las 6:50 pm

Como víctima de VG que soy y estudiante de Derecho, suscribo las conclusiones de este articulo. Añadiría que la violencia institucional sobre nosotras y nuestros hijos es algo que permanece oculto porque la sociedad prefiere no saber que existe esa realidad. Si como víctima exiges que se cumplan tus derechos y los convenios internacionales suscritos por este país, el sistema judicial te criminaliza. Es muy duro, pero es la realidad y lo dice alguien que hace tiempo aprendió que no podía contar todo lo que sabía, sino solamente lo que podía demostrar.

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    Patricia Hernández3 marzo, 2021 a las 7:26 pm

    Isabel, gracias por tus palabras. Así es. Las víctimas sufren de nuevo a su paso por el sistema, no sólo porque no se cumplen de manera efectiva sus derechos sino porque, además, tienen que afrontar la carga de la prueba en condiciones personales y emocionales nada óptimas. Respetar los ritmos de las víctimas sería una opción pero el ritmo procesal penal va a otra velocidad. Hay que seguir trabajando para encontrar el encaje que suponga una reducción de los perjuicios psicológicos que sufren las mujeres valientes que se atreven a denunciar.
    Saludos

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